martes, 4 de octubre de 2016

Viviendas en la antigua Roma 

Las viviendas de la antigua Roma tenían tres modalidades principales: domus e insulae como viviendas urbanas (rica y modesta, respectivamente) y villae en el campo. Las casae o viviendas de esclavos y clases bajas, construidas con medios muy precarios, se han conservado con mayor dificultad.

Domus

Las medidas de una domus de gran tamaño podían llegar a 120 metros de largo por 30 metros de ancho. El modelo habitual constaba de una sola planta. A la entrada de la casa había una puerta vigilada por un esclavo portero. Esta puerta no daba directamente a la calle, sino que se encontraba al medio de un vestíbulo, de reducidas proporciones. Tras acceder a la casa por el vestíbulo se llegaba, a través de las fauces, al atrio, elemento característico de la domus, un patio cubierto y con una abertura central por la que entraba el agua de lluvia.


Villae 

La villa romana,originalmente era una vivienda rural cuyas edificaciones formaban el centro de una propiedad agraria en la Roma Antigua.Se convirtieron en grandes residencias aristocráticas que combinaban funciones residenciales y productivas.

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Desde el punto de vista arquitectónico y artístico constituyen una de las modalidades más notables de edificación romana.Las villas romanas han adquirido una connotación simbólica en los estudios modernos, reflejo del simbolismo que las villas tenían en la mentalidad romana y con el que aparecen la literatura antigua.

 La Ciudad

La fundación de Roma se atribuye a tres tribus: los Ramnes, los Ticios y los Lúceres. Estos tres grupos fundaron la llamada Roma Quadrata en el Monte Palatino. Otra ciudad fundada por otro u otros grupos en el Quirinal, se unió a la Roma Quadrata, surgiendo así la civitas ('ciudad') llamada Roma.A los primeros ciudadanos romanos se les llama patricios, porque o bien son padres de familia o bien son hijos de padres de familia vinculados a la obediencia paterna.
Los hijos de los patricios, al cumplir 17 años adquirían la condición de ciudadanos plenos pero continuaban sujetos a la potestad del padre hasta que este moría.


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A los patricios corresponde el derecho pleno de ciudadanía: forman el pueblo y son de entre los habitantes los de clase social más elevada. Sus derechos eran: el sufragio, el desempeño de cargos públicos políticos o religiosos, el derecho a asignación de tierras públicas, los derechos civiles propios de las gens (tutela, sucesión, potestad, etc.), el derecho de contraer matrimonio con otros miembros de las gens, el derecho de patronato, el derecho de contratación y el derecho a hacer testamento. Como obligaciones citaremos: el servicio militar, y el deber de contribuir con ciertos impuestos al sostenimiento del Estado.

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